ACUERDO DE MEMBRESÍA RPPE - REGISTRO PRIVADO DE PROFESIONALES DE ESTETICA (TRANSPARENTACIÓN DE TU FORMACIÓN)
LEER DETENIDAMENTE Y LLENAR EL FORMULARIO DEBAJO, NO OLVIDES TILDAR ACEPTO CONDICIONES Y ADJUNTAR FOTO DE CERTIFICADO PROFESIONAL ANTES DE ENVIAR
PARTES:
El profesional/alumno (en adelante, EL MIEMBRO SOLICITANTE, detallado debajo en el formulario).
RPPE (Registro Privado de Profesionales de Estética).
OBJETO:
El presente acuerdo establece las condiciones para la transparencia y
visibilidad en línea de la formación estética de EL MIEMBRO SOLICITANTE
a través de la plataforma RPPE.
CONDICIONES DE LA MEMBRESÍA
CLÁUSULA 1: MODALIDAD Y PAGO POR SUSCRIPCIÓN
EL MIEMBRO SOLICITANTE acepta y se obliga al pago de una Cuota de Membresía bajo la modalidad de Suscripción Recurrente (mensual) o Pago unico (anual). El servicio se mantendrá activo siempre que la cuota se encuentre al día y el proceso de pago no presente interrupciones.
CLÁUSULA 2: BENEFICIO (TRANSPARENCIA DE FORMACIÓN)
El pago activo de la suscripción incluye, como único beneficio directo,
la Transparentación de la Formación Estética de EL MIEMBRO
SOLICITANTE (Nombre, Formación e Instituto de realización) en la plataforma web de RPPE, previa verificación de la
documentación enviada. Esta visibilidad se mantiene y es accesible al público únicamente
mientras la Cuota de Suscripción esté vigente y al día. La interrupción del
pago resultará en la baja inmediata de la publicación de la información del
Miembro en la web.
CLÁUSULA 3: FECHA DE INICIO SUSCRIPCION
VIGENCIA: La Membresía RPPE entrará en vigor el día en que EL
MIEMBRO SOLICITANTE complete el formulario de inscripción y se suscriba y
efectúe el primer pago de la suscripción correspondiente, manteniéndose vigente
por el plazo acordado, sujeto a la renovación automática o manual según se
especifique en este convenio.
>Valor mensual: $6.000.- (valor fijo durante 12 meses) (*)
>Valor anual (pago único): $60.000.- (*)
(VIGENCIA ABRIL 2026), el link para abonar y finalizar el proceso sera enviado
a tu mail.
(*) Se renovará automáticamente salvo que alguna de las partes notifique
su deseo de no renovar con una antelación mínima de treinta (30) días.
